martes, 17 de junio de 2014

La desamortización de Madoz (1855)

Durante el bienio progresista (al frente del que estuvo nuevamente Baldomero Espartero junto a O'Donnell) el ministro de Hacienda Pascual Madoz realiza una nueva desamortización (1855) que fue ejecutada con mayor control que la de Mendizábal. El jueves 3 de mayo de 1855 se publicaba en La Gaceta de Madrid y el 31 la Instrucción para realizarla.
Se declaraban en venta todas las propiedades del Estado, del clero, de las Órdenes Militares (Santiago, Alcántara, Calatrava, Montesa y San Juan de Jerusalén), cofradías, obras pías, santuarios, del ex infante Don Carlos, de los propios y los comunes de los pueblos, de la beneficencia y de la instrucción pública, con las excepciones de las Escuelas Pias y los hospitalarios de San Juan de Dios, dedicados a la enseñanza y atención médica respectivamente puesto que reducían el gasto del Estado en estos ámbitos. Igualmente se permitía la desamortización de los censos pertenecientes a las mismas organizaciones.
Fue la que alcanzó un mayor volumen de ventas y tuvo una importancia superior a todas las anteriores. Sin embargo, los historiadores se han ocupado tradicionalmente mucho más de la de Mendizábal, cuya importancia reside en su duración, el gran volumen de bienes movilizados y las grandes repercusiones que tuvo en la sociedad española.

El documento en cuestión consiste en una gráfica de barras en la que se representan los bienes civiles y eclesiásticos desamortizados por Mendizábal y Madoz
Tradicionalmente se le ha llamado al período de que tratamos desamortización civil, nombre inexacto, pues si bien es cierto que se subastaron gran número de fincas que habían sido propiedad comunal de los pueblos, lo cual constituía una novedad, también se vendieron muchos bienes hasta entonces pertenecientes a la Iglesia, sobre todo las que estaban en posesión del clero secular, pero que fue, de definitiva, un abuso y expolio gravísimo de los bienes de la gente del rural, de los campesinos, que dependía en gran medida de ellos y que les condenó a millones a la emigración y proletarización en las ciudades.

En conjunto, se calcula que de todo lo desamortizado, el 30% pertenecía a la iglesia, el 20% a beneficencia y un 50 % a las propiedades municipales, fundamentalmente de los pueblos. El Estatuto Municipal de José Calvo Sotelo de 1924 derogó definitivamente las leyes sobre desamortización de los bienes de los pueblos y con ello la desamortización de Madoz.

Bienes afectados por la "Ley Madoz" o Ley general de desamortización de 1 de mayo de 1855:

Se declaran en estado de venta, con arreglo a las prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de cargas y servidumbres a que legítimamente estén sujetos, todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes: al Estado, al clero, a las órdenes militares de Santiago, Alcántara, Montesa y San Juan de Jerusalén, a cofradías, obras pías y santuarios, al secuestro del exinfante Don Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a la beneficencia, a la instrucción pública. Y cualesquiera otros pertenecientes a manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores.
 

La desamortización fue un largo proceso histórico-económico iniciado en España a finales del siglo XVIII por Godoy (1798) y que quedará cerrado ya muy entrado el siglo XX (16 de diciembre de 1924). En otros países sucedió un fenómeno de características más o menos similares. Consistió en poner en el mercado, mediante subasta pública, las tierras y bienes no productivos en poder de las llamadas “manos muertas”, casi siempre pertenecientes a la Iglesia siendo las principales sufridoras la órdenes religiosas, que las habían acumulado como habituales beneficiarias de donaciones, testamentos, etc. Su finalidad social fue crear una burguesía y clase media de labradores propietarios. Pero, además,  tenían una finalidad recaudatoria al, por un lado, acrecentar la riqueza nacional  y, por otro, que el estado tuviera  unos ingresos extraordinarios con los que se pretendían amortizar los títulos de deuda pública. El producto de lo obtenido lo aplicaría el Estado a sus necesidades. 

Francisco Tomás y Valiente, fue uno de los principales juristas que se centraron en el estudio legal del tema desamortizador , y señalaba en su obra “El marco político de la desamortización en España”, - un magnífico estudio sobre la historia de la desamortización en España - , que este fenómeno se caracteriza por la "apropiación por parte del Estado - y siempre por decisión unilateral - de bienes inmuebles pertenecientes a manos muertas, la venta de los mismos y la  asignación del importe obtenido con las ventas a la amortización de los títulos de la deuda". 




Este jurista apuntaba que la desamortización muestra dos tipos de planteamientos uno económico-social y otro puramente fiscal-recaudatorio:
  • Por un lado,  pretendía ser un "medio para hacer una reforma tímida de la economía y de la sociedad agraria", con la redistribución de la tierra de los grandes propietarios entre los campesinos para hacer productivos estos bienes hasta ahora subexplotados; de forma que redundara en el incremento de la riqueza del país y reforzara el equilibrio social.
  • Por otro, sirvió como "medio para pagar los intereses y capitales de la deuda pública".

 Pascual Madoz Ibáñez 

(Pamplona, 17 de mayo de 1806 – Génova, 13 de diciembre de 1870) fue un político español del siglo XIX.

Presidente de la Junta Provisional Revolucionaria
En 1813 se traslada con su familia a Barbastro (Huesca) donde acude al colegio San Lorenzo de los Padres de las Escuelas Pias. Posteriormente, estudia Derecho en la Universidad de Zaragoza de 1823. Participó en la defensa del castillo de Monzón en 1823 contra los Cien Mil Hijos de San Luis, por lo que fue encarcelado.

Exiliado en Francia entre 1830 y 1832, se dedicó en París y en Tours al estudio de la geografía y de la estadística. Pudo volver a España tras la amnistía decretada por la reina María Cristina de Borbón, fijando su residencia en Barcelona, donde a principios de 1833 ya estaba al frente de las oficinas del Diccionario geográfico universal (Barcelona, 1829–1834) que en aquella ciudad se publicaba. Asimismo asume la dirección del periódico progresista "El Catalán" de octubre a mayo de 1835.

En 1835 publica su "Reseña sobre el Clero español y examen de la naturaleza de los bienes eclesiásticos".


En ese mismo año, se convierte en capitán de Artillería de los Voluntarios de Isabel II y es nombrado comisario regio con carácter de gobernador militar, juez de primera instancia, subdelegado de rentas y jefe de las fuerzas del Valle de Arán.

Se puso al frente en 1843 de una coalición progresista de oposición a Espartero. Tras la Vicalvarada de 1854, el 9 de agosto fue nombrado gobernador civil de Barcelona. Volvió después a su escaño de diputado, presidió las Cortes, y el 21 de enero de 1855 se le confió el Ministerio de Hacienda. En esta ocasión presentó el famoso proyecto de ley de Desamortización, que consiguió ver aprobada.

Tras la revolución de 1868 (la «Gloriosa») fue gobernador de Madrid, cargo al que también renunció al poco tiempo. Se opuso al gobierno provisional. Tras votar la candidatura del duque de Aosta para el vacante trono de España, formó parte de la legación enviada a Florencia para ofrecerle la corona, pero en Génova le sorprendió la muerte, el 13 de diciembre de 1870.

En su memoria se le dedicó el nombre de una calle en el Segundo Ensanche de Pamplona, su ciudad natal.

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